
La igualdad y no discriminación es un principio jurídico universal proclamado en diferentes textos internacionales y europeos sobre derechos humanos, y reconocido además como un derecho fundamental en nuestro ordenamiento jurídico estatal y el de varias comunidades autónomas, en sus respectivos ámbitos competenciales.
Este marco normativo supone una buena base para la consecución de la igualdad real y efectiva de, entre otras, las personas LGTBIQ+, así como para la lucha contra las discriminaciones que sufren.
Sin embargo, para garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (en adelante, LGTBIQ+), erradicando las situaciones de discriminación por orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar, de manera realmente efectiva, se plantea la necesidad de un cambio en la concepción social sobre las personas del colectivo. Y, para ello, se disponen de toda una serie de herramientas (políticas públicas, estrategias, planes, protocolos, etc.)
En este sentido, y desde un punto de vista eminentemente laboral, varias son las fuentes jurídicas que protegen específicamente el derecho de las personas trabajadoras, y, entre ellas, las LGTBIQ+, a no sufrir discriminaciones ni violencias:
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (artículos 4.2.c), 4.2.e) y 17).
- Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (artículos 14.h y 14.i)).
- Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (artículo 15).
y plantean la necesidad de implementar una serie de herramientas mínimas para garantizarlo, a saber:
- Un conjunto planificado de medidas y recursos.
- Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI.
- Protocolo de acompañamiento a las personas trans en el empleo